TRABAJO PRÁCTICO

Marcela Basterra, una reconocida abogada especialista en Derecho Constitucional, analiza el " Habeas Data" en periodismo. Usted debera recabar información sobre :
¿qué es el habeas data?¿ qué normativas resguardan las fuentes de un periodista?

Las respuestas a las consignas solicitadas deberán ser presentadas a través de este blog, el la sección "comentarios" de este texto (entrada) hasta el día lunes 5 de Octubre. En el próximo encuentro presencial debatiremos sobre ésta temática, por lo que ya debe tener usted una lectura previa del material proporcionado y lo investigado.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

A mi entender las habeas de datos es una accioN legal que tienen las personas que poseen un rejistro para conocer que informacion existen sobre su persona, ahora se encuentra reglamentada por leyes.

los periodistas estan salvaguardados ademas de el articulo 43y la ley reglamentada por el articulo 8 de proteccio de datos personales y el articulo 10 de secretos de profecinalidad. por lo tanto sus informacines esta protejidas


HERR JOSEFINA

RockDelgha dijo...

1-Habeas Data es una acción constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un banco de datos, de acceder a tal registro para conocer que información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.
2- Las normas principales son la veracidad de la información, la ética del periodista y la cofiabilidad de la fuente.
Roque Delgado

Roque Delgado dijo...

1-Habeas Data es una acción constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un banco de datos, de acceder a tal registro para conocer que información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.
2- Las normas principales son la veracidad de la información, la ética del periodista y la cofiabilidad de la fuente.
Roque Delgado

cazadoresdenoticias9 dijo...

Habeas data es una acción constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.
Este derecho se fue expandiendo y comenzó a ser reglamentado tanto por leyes de habeas data como por normas de protección de datos personales.
También se encomendó a Organismos de control la vigilancia sobre la aplicación de estas normas. Así existen en diversos países (como Uruguay, Argentina, España y Francia) organismos de control que tienen por misión supervisar el tratamiento de datos personales por parte de empresas e instituciones públicas. También se suele exigir una declaración de los ficheros de carácter personal para generar transparencia sobre su existencia.




POR: Cabrera Myriam Nazareth

cazadoresdenoticias9 dijo...

profe, no comprendí la segunda pregunta del trabajo práctico. La cual dice: ¿qué normativas resguardan las fuentes de un periodista? Publico el trabajo ahora, por que no pude hacerlo antes. Disculpe. Myriam Cabrera

Emilce Smith Verón Chayep dijo...

1- El Habeas Data es la ley que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros,bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos o privados, destinados a dar información, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas,asi como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el Artículo 43 párrafo tercero de la Constitución Nacional.Las disposiciones de la presente ley también serán aplicables , en cuanto resulte pertinente, a los datos relativos a personas de existencia ideal. En ningún caso se podrán afectar la base de datos ni la fuente de la información periodística.
2- Las bases de datos de los periodistas estan salvaguardadas por el artículo 43, el artículo 8 de la ley de protección de datos personales y por el artículo 10 de confidencialidad y de secreto profesional. No se puede entrar a los bancos de datos de los periodistas. Ellos no tienen porque ser objeto de ningún habeas data.

INTEGRANTES dijo...

El habeas data: es una acción constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de dato, de acceder a tal registro para conocer que informacion existe sobre su persona y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio. Este derecho se fue expandiendo y comenzó a ser reglamentado tanto por las leyes de habeas data como por normas de protección de datos de personas.

RockDelgha dijo...

1-Concepto de Habeas Data: Es una acción Constitucional o legal que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de accedera tal registro para conocer que información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio.
2- Las normas principales de la información son: la veracidad, la ética y la confiabilidad de la misma.

Anónimo dijo...

El derecho de habeas data se configura como un elemento propio de la autodeterminacion informativa como un elemento basico para poder controlar y ndecidir sobre los usos de la informacion relativa a datos de caracter personal que toda persona fisica tiene.Es el derecho a decidir sobre el uso que se hace de la informacion personal relativa a una persona.De todas maneras los periodistas se encuentran resguardados por los articulos:8 de proteccion de datos personales,10 de confidencialidad y secreto profesional y el articulo 43.Que permite a la prensa el derecho a no revelar sus fuentes de informacion.
Franco Romero

Anónimo dijo...

El Habeas Data es la ley que protege la informacion de los periodistas amparada en el articulo 43 parrafo 3 de la Constitucion Nacional.
Las bases de datos de los periodistas son protegidas por el articulo 8 de la ley de proteccion de datos personales y por el articulo 10 de conficialidad y de secreto profecional.
Maria Eugenia Villagra
(perdon por la demora)